Por: Fernando Brosutti
El vencimiento del plazo para su reglamentación convertiría en abstracta la norma
El diputado justicialista Gerardo Rico (ME-FV), en el marco de la inconclusa sesión ordinaria del día jueves 6 de noviembre de 2014 de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, ya que se quedó sin quórum reglamentario y no pudo aprobar varias iniciativas que pasaron para la próxima sesión en cuanto a su consideración, logró el apoyo unánime de su pares para el proyecto de comunicación (expediente 29771 ME-FV) de su autoría presentado en la forma de pedido de informes, sobre tablas, por el cual el Cuerpo “vería con agrado” que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, se sirva informar respecto a la aplicación de la Ley Nº 13.139 de Uso del Software Libre en jurisdicción de la Administración Pública Provincial, empresas con participación del Estado Provincial, organismos descentralizados y Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial; con carácter de urgente, sobre la reglamentación de la mencionada norma sancionada el 14 de octubre de 2010; para que avance en su redacción porque la ostensible mora, y el vencimiento de los plazos para dicha reglamentación en el mes de diciembre, la convertirían en abstracta. Se “vería con agrado”, también con carácter de urgente, “el cumplimiento de los plazos de transición dispuestos en el artículo 17º de la Ley Nº 13.139, principalmente el plan de migración que debe ser aprobado por la Legislatura”.
Cabe recordar que la Cámara de Diputados, por unanimidad, en la sesión del 14 de octubre de 2010, durante la anterior gestión, había aceptado las enmiendas que había introducido la Cámara de Senadores en la sesión del 23 de setiembre de ese mismo año, también por unanimidad, modificando la media sanción otorgada por la Cámara de origen el 13 de mayo de 2010 en forma unánime, como del mismo modo había aprobado en la sesión del 8 de octubre de 2009 pero perdiera estado parlamentario, convirtiendo en ley, luego registrada bajo el Nº 13.139, la iniciativa referida a “la utilización del Software Libre en la Administración Provincial para garantizar soberanía, seguridad de datos, desarrollo de la industria local y libre acceso a la información pública ofrecida en formatos digitales”.
Con las enmiendas introducidas por el Senado, aceptadas por la Cámara de Diputados, que no modificaron la esencia de la iniciativa porque refieren a la facultad otorgada al Poder Ejecutivo para determinar las asignaciones presupuestarias sin alterar derechos adquiridos, el Cuerpo había otorgado sanción definitiva al plexo normativo en la sesión del 14 de octubre de 2010 que el Poder Ejecutivo promulgó el 10 de noviembre de 2010 y registró bajo el Nº 13.139. A pesar de la vigencia de la Ley Nº 13.139, se han vencido todos los plazos establecidos, tanto para su reglamentación como para presentar el plan de migración, razón por la cual insistimos con este nuevo pedido de informes para un planteamiento ajustado a derecho. Vale aclarar que “se reiteran los términos del pedido de informes (expediente 26347 ME) del 7 de junio de 2012 aprobado por esta Cámara y sin respuesta alguna de parte del Poder Ejecutivo”.
El espíritu de la ley consiste en la implementación de políticas de incorporación y gestión de software que garanticen: soberanía, seguridad de datos, desarrollo de la industria local y libre acceso ciudadano a la información pública. Los programas que usualmente se utilizan son privados y se debe adquirir una licencia que permite sólo su utilización, cuya renovación requiere de un nuevo pago. El Software Libre, en cambio, no sólo es gratuito o con un único pago en primera instancia, sino que respeta las libertades del usuario.
Con el Software Libre se respeta la libertad de ejecutar el programa para cualquier propósito, de cambiarlo, de redistribuir copias en ayuda de otros, de mejorarlo y publicar esas mejoras y versiones modificadas para beneficio de toda la comunidad. El Estado Provincial tiene sobradas razones, políticas y técnicas, para avanzar en la implementación del Software Libre, como la independencia tecnológica y la seguridad y la autonomía en el manejo de la información pública.
Se promueve la democratización en el acceso a nuevos lenguajes y herramientas para reducir la brecha digital con la apertura de reales políticas públicas; había fundamentado el diputado justicialista Gerardo Rico (ME-FV) la ley sancionada por la Legislatura de la Provincia de Santa Fe el 14 de octubre de 2010, durante la anterior gestión, promulgada el 10 de noviembre de 2010 y registrada bajo el Nº 13.139; razón por la cual es fundamental que el Poder Ejecutivo dé los pasos necesarios, en forma urgente, para su definitiva puesta en marcha y que no devenga en letra muerta, porque los plazos al no cumplirse diluyen en el tiempo una acción de gobierno; para finalmente requerir, en la sesión del día jueves 6 de noviembre de 2014 de la Cámara de Diputados, a las autoridades competentes: le impriman el carácter de pronto despacho para, a la mayor brevedad, tomar las medidas que correspondan para proteger lo ya hecho.